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Principado d'Asturies
Turismo
Normas / Reglamentos
ArtÃculo 148.1.18 de la Constitución Española. Las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:
Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial, por lo tanto el Estado no tiene competencias directas en materia de turismo, pero sà indirectamente.
Ley 10/2015, de 26 de mayo, para la salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Orden IET/2353/2015, de 4 de noviembre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden IET/1860/2015, de 3 de septiembre, en las ConsejerÃas de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España.
Resolución de 20 de octubre de 2015, de la Dirección General de PolÃtica Universitaria, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de octubre de 2015, por el que se determina el nivel de correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior del TÃtulo Universitario Oficial de Diplomado en Turismo.
Resolución de 21 de octubre de 2015, de la SecretarÃa de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Junta de Extremadura, en materia de calidad turÃstica.
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